El Régimen SIMPLE es una nueva tributación reconocida ante la ley, la cual fue adoptada con el propósito de incentivar la formalización de aquellas micro y pequeñas empresas existentes en el país. Este régimen se consolidó por medio de la ley 1943 de 2018 en la cual se estipulan de manera concisa y clara la única tarifa y la declaración de todas las obligaciones tributarias a las que haya lugar en este grupo en crecimiento de empresas. ¿De qué se trata este régimen? Lo veremos a continuación.
¿Cómo entender el Régimen SIMPLE?
Si eres independiente y tienes una facturación anual inferior a 2.700 millones, puedes ser uno de los aspirantes de los beneficios legales del Régimen SIMPLE, por ello a continuación veremos 5 puntos sencillos para entender sus particularidades básicas:
- Las empresas que sean incluidas dentro del Régimen SIMPLE podrán ahorrar dinero en cuanto a lo estipulado en sus pagos legales.
- Pueden ser parte del Régimen SIMPLE y de su forma de tributación todas las tiendas pequeñas, minimercados y peluquerías.
- Quienes deseen actualizar su régimen, podrán inscribirse mediante actualización de RUT hasta el 31 de julio.
- El tributo o tarifa se caracteriza por ser diferencial y dependerá de acuerdo a los ingresos brutos de cada negocio.
- Dentro de las obligaciones principales para las personas y negocios vinculados, está la generación de facturación electrónica, así como aportar al Sistema de Seguridad Social en Pensiones.
¿Quiénes pueden ser parte del Régimen SIMPLE?
Una gran mayoría de personas y negocios podrán ser parte de este régimen, siempre y cuando cumplan con las características que veremos a continuación:
- Ser personas naturales o jurídicas con una actividad comercial que sea registrada como:
- Tiendas.
- Minimercados.
- Peluquerías.
- Expendios de comidas y bebidas.
- Actividades comerciales al mayor y al detal.
- Actividades industriales y de agroindustria.
- De servicios técnicos, profesionales o de consultoría.
- Deberán ser contribuyentes con ingresos inferiores a los 80.000 UVT anuales, lo que se traduce a un costo de $ 2.741.600.000 para el 2019.
- En caso de cumplir con los puntos anteriores, deberás realizar el registro de manera voluntaria. Aun así, la DIAN podrá llevar a cabo el registro de manera oficiosa, a cuyos contribuyentes no hayan declarado los impuestos sobre la renta y los complementarios, así como el impuesto sobre las ventas, al consumo o el de industria y comercio consolidado.
- Ningún asalariado con vínculos laborales podrá ser parte del Régimen SIMPLE, pero, por su parte, los profesionales independientes que prestan servicios, los artesanos y los que ofrezcan servicios por medio de la producción, sí podrán.
Si cumples con los requisitos anteriormente mencionados, entonces el paso a seguir es el analizar las ventajas que podría traer consigo el registrarte en este régimen; sin embargo, es importante que, si eres una persona natural, revises minuciosamente lo que esto puede traer a tu negocio, ya que ser parte del Régimen SIMPLE exige el pago de determinadas sumas de dinero, así como el tener unas limitaciones en cuanto a gastos y costos deducibles.
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Dicho esto, estos son los beneficios que le ofrece a tu negocio, el Régimen SIMPLE:
- Tasas diferenciales del impuesto de entre el 2% y el 11,6%.
- Descuento tributario por pagos al Sistema de Seguridad Social en Pensiones.
- Descuento tributario por ingresos recibidos con tarjeta débito o crédito.
- No serán sujetos de retención en la fuente.
- Exoneración de aportes parafiscales.
Recuerda que, así como existen ventajas, también existen obligaciones, entre las cuales encontramos:
- Generar facturas electrónicas.
- Aportar al Sistema de Seguridad Social en Pensiones.
- Llevar a cabo la Declaración tanto anual, como el pago bimestral del impuesto.
De este modo, si consideras que todo lo anterior se ajusta a lo que buscas y a lo que necesitas, entonces recuerda que tienes plazo hasta el 31 de julio para realizar la respectiva actualización.